Programa de Ayuda Social
Acompañar a los socios y socias, dentro y fuera de la profesión.
DAMA trabaja para mejorar la situación profesional de sus socios, que a menudo se desenvuelven en un entorno laboral marcado por los altibajos. Por eso pone a su disposición un programa de ayudas sociales y el acompañamiento de una trabajadora social, con doce líneas de apoyo para cubrir necesidades reales de los autores y las autoras.
Condición común a todas las líneas: ser socio o socia de DAMA y haber realizado aportaciones al fondo de solidaridad. La trabajadora social tramita cada solicitud de forma confidencial.
El objetivo de estas ayudas es contribuir a la financiación de tratamientos terapéuticos no cubiertos por la Seguridad Social con hasta 800€ por año.
La ayuda de Tratamientos terapéuticos queda limitada a sesiones de rehabilitación, fisioterapia, tratamientos psicológicos… (*Excluidos tratamientos de estética).
Condiciones para optar a la ayuda:
Ser socio de DAMA y haber realizado aportaciones al fondo de solidaridad de la entidad a lo largo de la carrera profesional.
Esta ayuda tiene un periodo de carencia de 12 meses desde la concesión de la misma. Por tanto, no se podrá solicitar una ayuda del mismo tipo hasta pasados 12 meses desde la concesión de la última.
Documentación a aportar:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada. ACCEDER AQUÍ
- DNI/NIE/Pasaporte.
- Factura original, con una antigüedad máxima de un año, que detalle el importe del material y esté a nombre del socio.
Cuantía de la ayuda
Los/as socios/as que cumplan con los requisitos obtendrán una contribución económica de hasta 800€ por año en un único pago. Cantidad a la que se aplicará la retención de IRPF correspondiente.
Las ayudas económicas se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias.
Solicita la ayuda a través del Área de Socios.
El objetivo de estas ayudas es contribuir a la financiación de tratamientos de odontología, tales como endodoncia, empastes, implantes, etc. (*Excluidos tratamientos de estética).
Condiciones para optar a la ayuda:
Ser socio de DAMA y haber realizado aportaciones al fondo de solidaridad de la entidad a lo largo de la carrera profesional.
Esta ayuda tiene un periodo de carencia de 12 meses desde la concesión de la misma. Por tanto, no se podrá solicitar una ayuda del mismo tipo hasta pasados 12 meses desde la concesión de la última.
Documentación a aportar:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada. ACCEDER AQUÍ
- DNI/NIE/Pasaporte.
- Factura original, con una antigüedad máxima de un año, que detalle el importe del material y esté a nombre del socio.
Cuantía de la ayuda
Los/as socios/as que cumplan con los requisitos obtendrán una contribución económica de hasta 500€ por año en un único pago. Cantidad a la que se aplicará la retención de IRPF correspondiente.
Las ayudas económicas se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias.
Solicita la ayuda a través del Área de Socios.
El objetivo de esta ayuda es contribuir a la financiación de material óptico u audífonos que el socio pueda necesitar.
Condiciones para optar a la ayuda:
Ser socio de DAMA y haber realizado aportaciones al fondo de solidaridad de la entidad a lo largo de la carrera profesional.
Documentación a aportar:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada. ACCEDER AQUÍ
- DNI/NIE/Pasaporte.
- Factura original, con una antigüedad máxima de dos años, que detalle el importe del material y esté a nombre del socio.
Cuantía de la ayuda
- Hasta 250€ para gafas graduadas básicas.
- Hasta 500€ para gafas progresivas y/o la persona tuviera reconocida discapacidad visual mayor o igual al 33%.
- Hasta 1500€ por audífono.
A la cuantía asignada se le aplicará la retención de IRPF correspondiente.
Estas ayudas tienen un periodo de carencia de 12 meses para gafas básicas, 24 meses para progresivas y 60 meses para audífonos.
Las ayudas económicas se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias.
Solicita la ayuda a través del Área de Socios.
El objetivo de estas ayudas es contribuir con los gastos que ocasiona el teletrabajo (sillas, reposapiés, almohadillas, iluminación…).
Condiciones para optar a la ayuda:
Ser socio de DAMA y haber realizado aportaciones al fondo de solidaridad de la entidad a lo largo de la carrera profesional.
Esta ayuda tiene un periodo de carencia de 24 meses desde la concesión de la misma. Por tanto, no se podrá solicitar una ayuda del mismo tipo hasta pasados 24 meses desde la concesión de la última.
Documentación a aportar:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada. ACCEDER AQUÍ
- DNI/NIE/Pasaporte del socio.
- Factura original, con una antigüedad máxima de dos años, que detalle el importe del material y esté a nombre del socio.
Cuantía de la ayuda
Los solicitantes pueden obtener una ayuda económica de hasta 500€ del importe invertido, por 24 meses.
Las ayudas económicas se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias y estarán sujetas a la retención de IRPF correspondiente.
Solicita la ayuda a través del Área de Socios.
El objetivo de estas ayudas es contribuir con los gastos que supone el aumento de familia, ya sea por nacimiento o adopción.
Condiciones para optar a la ayuda:
Ser socio de DAMA y haber realizado aportaciones al fondo de solidaridad de la entidad a lo largo de la carrera profesional. Podrán solicitar estas ayudas todos los socios de DAMA cuyos hijos sean menores de 3 años de edad en el momento de presentar la solicitud.
Documentación a aportar:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada. ACCEDER AQUÍ
- DNI/NIE/Pasaporte del socio.
- Volante de empadronamiento familiar.
- Libro de Familia o Certificado de Nacimiento.
Cuantía de la ayuda:
La Ayuda es de 1.000€ por hijo. Cantidad a la que se aplicará la retención de IRPF correspondiente. En el caso de partos o adopciones múltiples la ayuda se dará por cada uno de los hijos. En los casos en los que el menor tuviera discapacidad reconocida igual o superior al 33% la ayuda económica se incrementaría en 500€. En estos casos se deberá aportar además resolución del dictamen del grado de discapacidad.
Las ayudas económicas se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias.
Solicita la ayuda a través del Área de Socios.
El objetivo de estas ayudas es contribuir con los gastos que conlleva el aumento del número de hijos.
Condiciones para optar a la ayuda:
Ser socio de DAMA y haber realizado aportaciones al fondo de solidaridad de la entidad a lo largo de la carrera profesional.
Documentación a aportar:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada. ACCEDER AQUÍ
- DNI/NIE/Pasaporte del socio.
- Título oficial de familia numerosa.
- Volante de empadronamiento colectivo si el título no estuviera a nombre del/la socio/a.
Cuantía de la ayuda
Los/as socios/as que cumplan con los requisitos obtendrán una contribución económica de 1.500€ por año en un único pago. Cantidad a la que se aplicará la retención de IRPF correspondiente.
Las ayudas económicas se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias.
Solicita la ayuda a través del Área de Socios.
El objetivo de estas ayudas es contribuir con los gastos que conllevan la manutención y sustento de los hijos a aquellas familias formadas por un único progenitor.
Condiciones para optar a la ayuda:
Ser socio de DAMA y haber realizado aportaciones al fondo de solidaridad de la entidad a lo largo de la carrera profesional.
Documentación a aportar:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada. ACCEDER AQUÍ
- DNI/NIE/Pasaporte del socio.
- Libro de Familia o Certificado de Nacimiento.
Cuantía de la ayuda
Los/as socios/as que cumplan con los requisitos obtendrán una contribución económica de 1.500€ por año en un único pago. Cantidad a la que se aplicará la retención de IRPF correspondiente.
Las ayudas económicas se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias.
Solicita la ayuda a través del Área de Socios.
El objetivo de estas ayudas es contribuir con 100€ al mes durante 11 meses a los gastos derivados de escolarización y conciliación laboral de socios con hijos de 0 a 36 meses de edad.
Condiciones para optar a la ayuda:
Ser socio de DAMA y haber realizado aportaciones al fondo de solidaridad de la entidad a lo largo de la carrera profesional.
Documentación a aportar:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada. ACCEDER AQUÍ
- DNI/NIE/Pasaporte del socio.
- Libro de Familia o Certificado de Nacimiento.
- Volante de empadronamiento colectivo inferior a 3 meses.
Cuantía de la ayuda
Los/as socios/as que cumplan con los requisitos obtendrán una contribución económica de 1.100€ por año en un único pago. Cantidad a la que se aplicará la retención de IRPF correspondiente.
Las ayudas económicas se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias.
Solicita la ayuda a través del Área de Socios.
El objetivo de la ayuda es contribuir con los gastos que supone la gestoría fiscal, laboral y contable relacionado con la profesión autoral.
Condiciones para optar a la ayuda:
Ser socio de DAMA y haber realizado aportaciones al fondo de solidaridad de la entidad a lo largo de la carrera profesional.
Documentación para aportar:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada. ACCEDER AQUÍ
- Factura de la asesoría/gestoría con fecha posterior a 1 de enero de 2026 a nombre del socio/a.
Cuantía de la ayuda:
Los/as socios/as que cumplan con los requisitos obtendrán una contribución económica de 300€ por año en un único pago. Cantidad a la que se aplicará la retención de IRPF correspondiente.
Las ayudas económicas se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias.
Solicita la ayuda a través del Área de Socios.
El objetivo de estas ayudas es contribuir a la financiación de reparación o compra de equipos informáticos, móviles, o compra de programas con hasta 500€.
Condiciones para optar a la ayuda:
Ser socio de DAMA y haber realizado aportaciones al fondo de solidaridad de la entidad a lo largo de la carrera profesional.
Esta ayuda tiene un periodo de carencia de 12 meses desde la concesión de la misma. Por tanto, no se podrá solicitar una ayuda del mismo tipo hasta pasados 12 meses desde la concesión de la última.
Documentación a aportar:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada. ACCEDER AQUÍ
- DNI/NIE/Pasaporte.
- Factura original, con una antigüedad máxima de dos años, que detalle el importe del material y esté a nombre del socio.
Cuantía de la ayuda
Los/as socios/as que cumplan con los requisitos obtendrán una contribución económica de hasta 500€ del importe invertido. Cantidad a la que se aplicará la retención de IRPF correspondiente.
Las ayudas económicas se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias.
Solicita la ayuda a través del Área de Socios.
El Plan Social de DAMA incluye prestaciones económicas, de pago único o carácter periódico, para socios que necesiten paliar situaciones transitorias de necesidad, garantizar sus mínimos de subsistencia y mejorar su integración social. Estas ayudas tienen un importe máximo anual de 6.000 euros, cantidad a la que se aplicará la retención de IRPF correspondiente, y, como en los anteriores casos, el requisito previo es la contribución previa al fondo de solidaridad de DAMA.
Entre los supuestos que justifican estas ayudas están la edad (mayores de 65 años), el estado de salud (enfermedad grave), la discapacidad, las situaciones de grave riesgo de exclusión social y la carencia de recursos económicos, estableciéndose el baremo en el doble del IPREM anual, índice que actualmente se sitúa en los 7.680,35 euros al año.
La tipología de las ayudas es amplia: para manutención y necesidades de subsistencia; para vivienda (incluye gastos de alquiler, hipoteca, comunidad, suministros, y la posibilidad de alojamientos alternativos…); para mejorar las condiciones de habitabilidad (mejoras de accesibilidad, reparaciones de electrodomésticos…); gastos sanitarios como productos farmacéuticos, prótesis, tratamientos…; gastos relacionados con menores, como el comedor y el material escolar, la escuela infantil y formación; y, finalmente, ayudas para gastos excepcionales que se consideren necesarias por la trabajadora social.
La concesión de estas ayudas de carácter económico sigue un riguroso proceso, monitorizado por la trabajadora social, para asegurar su eficacia e impacto y maximizar los fondos de solidaridad de la entidad, siguiendo criterios como los ingresos familiares, los bienes patrimoniales, los informes de salud… Las ayudas económicas serán estudiadas, valoradas y ponderadas según el baremo aprobado en el Consejo General de DAMA, y se gestionarán según el reglamento interno aprobado en el mismo organismo de la entidad.
Las ayudas económicas se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias.
Solicita la ayuda a través del Área de Socios.
DAMA ofrece ayudas para apoyar a los socios/as que tengan reconocido Grado de Dependencia y/o Discapacidad y/o para aquellos que tengan a su cargo familiares con Grado de Dependencia y/o Discapacidad de hasta primer grado de consanguinidad y demuestren una convivencia de al menos un año de antigüedad.
Condiciones para optar a la ayuda:
Ser socio de DAMA y haber realizado aportaciones al fondo de solidaridad de la entidad a lo largo de la carrera profesional.
Esta ayuda tiene un periodo de carencia de 12 meses desde la concesión de la misma. Por tanto, no se podrá solicitar una ayuda del mismo tipo hasta pasados 12 meses desde la concesión de la última.
Documentación a aportar:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada. ACCEDER AQUÍ
- DNI/NIE/Pasaporte.
- Reconocimiento oficial de grado de dependencia y/o discapacidad.
- Documentación oficial que demuestre fehacientemente la situación socio-sanitaria.
- Declaración jurada del socio.
- Cualquier otra documentación requerida por la trabajadora social de DAMA.
Cuantía de la ayuda
Los solicitantes que cumplan con los requisitos pueden obtener una ayuda económica de
- 1.500€. Grado I de Dependencia o < del 65% de discapacidad
- 2.500€. Grado II de Dependencia o del 65% al 74% de discapacidad
- 3.500€. Grado III de Dependencia o > del 75% de discapacidad
Las ayudas económicas se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias, y están sujetas a la retención de IRPF correspondiente.
Solicita la ayuda a través del Área de Socios.
Una trabajadora social a tu lado
Más allá de gestionar las ayudas, la trabajadora social acompaña al socio en su situación concreta: informa, orienta y tramita, y deriva a los recursos públicos o privados que mejor encajen en cada caso.
Qué hace
Informa y asesora sobre los recursos disponibles. Identifica situaciones de riesgo social. Acompaña de forma directa o telefónica. Coordina con otras entidades y administraciones. Gestiona y tramita los expedientes de ayuda.
Asesora ante
Discapacidad, dependencia y pensiones. Vivienda y ayudas de alquiler. Asesoría jurídica gratuita. Violencia de género, salud mental y adicciones. Fundaciones, ONG y voluntariado.